Principios y acciones

Principios Rectores del OAT
 

El proceso de Planeamiento y Ordenamiento Ambiental se realizará bajo un enfoque estratégico y se fundará en los siguientes principios rectores:


 Formas equitativas y equilibradas de uso y ocupación del territorio conciliando el desarrollo económico, la transformación social y el sistema ambiental, concertando intereses públicos y privados.
 Gestión democrática, integradora y articulada en la definición de políticas públicas ambientales.
 Carácter transectorial y transdisciplinarioen la concertación de acciones desde los diferentes ámbitos institucionales y sociales.


En el marco de las incumbencias que fueran atribuidas a este ministerio mediante el Decreto N° 89/22, se definieron las siguientes acciones para la Dirección de Ordenamiento Ambiental del Territorio:

Acciones del OAT
 

  Asistir a la implementación del planeamiento y ordenamiento ambiental, en el desarrollo de instrumentos de gestión y la ejecución de políticas tendientes a la sustentabilidad social, económica y ecológica, con estrategias a nivel regional y municipal.
  Entender en la planificación, formulación e implementación de las políticas y lineamientos estratégicos relacionados al ordenamiento ambiental del territorio para la gestión integrada de las cuencas hidrográficas, manejo y conservación de suelos, áreas costeras y unidades ambientales de relevancia.
  Promover, analizar e implementar políticas, programas y proyectos vinculados a la planificación y gestión ambiental del territorio en lo concerniente a la localización de actividades productivas, bienes y/o servicios, aprovechamiento de los recursos y la localización y regulación de los asentamientos humanos, procurando el mejoramiento de la articulación urbana y rural del territorio de la Provincia.
  Participar en el establecimiento de un sistema de información pública sobre el estado del ambiente y sobre las políticas que se desarrollan, en el ámbito de su competencia.
  Participar en la elaboración de regímenes normativos que permitan la instrumentación jurídica administrativa de la gestión ambiental, el planeamiento y ordenamiento ambiental, la conservación y uso racional de los bienes comunes y la calidad ambiental.
  Colaborar en la ejecución y promoción de acuerdos institucionales con organismos multilaterales, bilaterales, nacionales y provinciales u otras organizaciones vinculadas al área de su competencia.
  Promover y articular la asistencia técnica a organismos provinciales y los municipios, en los procesos de planificación y ordenamiento territorial, asegurando la incorporación de la dimensión ambiental y el uso racional de los bienes naturales.

 

Dirección de Ordenamiento Ambiental del Territorio

Entendemos al Planeamiento y Ordenamiento Ambiental como un instrumento de política y gestión ambiental, enmarcado en un proceso de carácter prospectivo y progresivo.  Se emplea para orientar un manejo integrado del territorio incorporando, desde un enfoque ecosistémico, las dinámicas territoriales, la gestión del riesgo y el cambio climático. 

Tiene por finalidad incorporar la dimensión ambiental a los procesos de planificación, buscando compatibilizar las distintas actividades llevadas a cabo en el territorio con las características ecológicas, sociales y económicas a fin de contribuir a la equidad social, el equilibrio territorial y el uso y aprovechamiento ambientalmente sustentable de los bienes naturales y culturales, reconociendo la concurrencia de competencias e intereses.

Como herramienta de gestión presenta distintos instrumentos de planificación, evaluación y seguimiento con el objeto de prevenir y ponderar los efectos potenciales de futuras actividades, haciendo foco en la interacción e interdependencia sociedad-ecosistemas. Los mismos, permiten analizar los cambios de uso del suelo en relación al funcionamiento y estructura de los ecosistemas presentes para la construcción de un modelo de ocupación sustentable.

Basado en los artículos 7 y 8 de la Ley N° 11.723 de Protección, Conservación, Mejoramiento y Restauración de los Recursos Naturales y del Ambiente en General de la Provincia de Buenos Aires.