¿Qué es la Ley de Formación Ambiental N° 15.276?

La Ley Provincial N°15.276 y su Decreto Reglamentario Nº 969/2021 establecen que todas las personas que trabajan en los tres poderes del Estado (Ejecutivo, Legislativo y Judicial) deben formarse en temas ambientales y desarrollo sostenible.

¿Qué personas deben formarse en materia ambiental?

Todas las personas que se desempeñan en la función pública en la provincia de Buenos Aires:
 

 En los tres poderes del Estado (Ejecutivo, Legislativo o Judicial)

 De manera permanente o transitoria

 Ya sea por cargo electivo, designación, concurso o cualquier otro medio legal

 En todos sus niveles y jerarquías
 

El Ministerio de Ambiente de la provincia es la autoridad de aplicación de dicha ley. Esto significa que diseña y ofrece los contenidos político-pedagógicos que deben incorporar quienes trabajan en la administración pública provincial. Estos contenidos se elaboraron y fueron definidos según los lineamientos co-construidos con la participación ciudadana, como lo indica el artículo 4 inciso c de la ley.

 

Además, los municipios pueden sumarse a esta iniciativa aprobando una ordenanza local. Esto les permite implementar las formaciones en su propio personal de gobierno, promoviendo una conciencia ambiental más amplia en toda la provincia.
 

¿Querés inscribirte?


Escribinos a: formacionambiental@ambiente.gba.gob.ar para informarte de la apertura de las convocatorias durante el año o por consultas sobre cómo presentar las propuestas pedagógicas propias.

Además, según la reglamentación de la ley los organismos provinciales o municipios adheridos a través de ordenanza pueden presentar propuestas pedagógicas propias siempre y cuando cumplan con los lineamientos co-creados.  

 

 Reglamento de lineamientos generales y contenidos mínimos de los cursos de formación en desarrollo sostenible y materia ambiental

 ANEXO I

 ANEXO II: Modelo de propuesta de formación

 

Proceso de Participación en la Construcción de la Formación
 

Los lineamientos de la formación ambiental obligatoria en desarrollo sostenible y en materia ambiental para todas las personas que se desempeñen en la función pública en todos sus niveles y jerarquías de los tres poderes del Estado provincial son el resultado de un proceso de co-creación producto de la participación ciudadana.


Accedé al siguiente link/qr para más información: DOCUMENTO LEY N° 15276.pdf

Si tenés comentarios o aportes los podés enviar a: acreditacioncurso@ambiente.gba.gob.ar